Ministerio del Interior de la
República de Cuba (MININT). Organismo encargado de dirigir, ejecutar y
controlar la aplicación de la política del Estado y el Gobierno en cuanto a la
seguridad del Estado y el orden interior del país.
Fue creado mediante la Ley No. 940 del 6 de junio
de 1961, sustituyendo y
ampliando al hasta entonces Ministerio de Gobernación,
heredado por la Revolución cubana, de gobiernos de la anterior
República. Los órganos y estructuras que forman parte del MININT cumplen
funciones de seguridad ciudadana, y de establecimiento del orden interior.
Según lo dispuesto en la Ley 940 del Consejo de
Ministros se adscribieron al Ministerio del Interior, como
Direcciones Generales, el Departamento de Información (G-2), que pasaría a
denominarse Departamento de Seguridad del Estado,
la Policía Nacional Revolucionaria
y la Policía Marítima, que
hasta ese momento formaban parte de las Fuerzas Armadas Revolucionarias.
Igualmente mediante esta ley se extiguía la
Dirección de Investigaciones Judiciales del Ministerio de Justicia, cuyas funciones se
transfirieron al MININT.
Publicado en: https://www.ecured.cu/Ministerio_del_Interior_(Cuba)
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